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Quienes Somos | Hipódromo de Monterrico - PERU

La Asociación Jockey Club del Perú es constituída en cumplimiento de la Ley 10345, siguiendo las pautas que para estas entidades determina el Código Civil Peruano, ha sido y es de acuerdo con esa Ley, una Asociación Civil sin fines de lucro, de carácter deportivo y social, que tiene por objetivo fomentar el desarrollo y mejoramiento de la especie caballar en el país, mediante la organización de carreras de caballos y de toda clase de actividades deportivas e hípicas que tiendan a estas finalidades, debiendo dedicar sus recursos, bienes muebles e inmuebles y en general todo su patrimonio al cumplimiento de los fines señalados.

FUNDACION DEL CLUB

El Jockey Club del Perú fué constituído por Escritura Pública del 4 de Abril de 1946, ante el Notario de Lima, Doctor Ernesto Velarde Aizcorbe, que corre inscrita a Fojas 474 del Tomo I de Asociaciones de Personas Jurídicas de Lima.

JUNTA EJECUTORA DE LA LEY 10345

La Junta Ejecutora, que dio origen al Jockey Club del Perú, se creó de conformidad al mandato de la Ley 10345, promulgada en Diciembre de 1945, la cual normaba el funcionamiento de las actividades hípicas en el Perú.

Los antecedentes de esta Ley, se remontan a los últimos días de Marzo de aquel 1945, día en el cual Enrique Ayulo Pardo, quien era Presidente del Jockey Club de Lima, dirigió una carta a su Directorio, exponiendo que desde hacía buen tiempo consideraba necesaria e indispensable una reorganización total del Jockey Club, pero que al no poder contar con el apoyo de la mayoría de los accionistas del citado Jockey Club de Lima, renunciaba irrevocablemente al cargo de Presidente y también de Director que ostentaba desde el 19 de Mayo de 1934.

La idea de Enrique Ayulo para la reorganización de la hípica en el Perú, estaba fundada en dos puntos básicos que ya se vivían en esos años: 1) Por un lado se había restablecido el prestigio del turf, venido a menos tras el derrocamiento de Augusto B. Leguía, y 2) por el otro, la economía era sólida y se avizoraba que lo sería aún más en los próximos años, por lo que debía existir un impulso importante a la escala de premios en las carreras de caballos. Y para eso contaba con el apoyo de la Sociedad de Criadores y Propietarios de Caballos de Carreras del Perú, fundada en Diciembre de 1944.

Pero la mayoría de accionistas que representaba el Director-Secretario Luis Rodriguez Mariátegui, no dio su apoyo a la idea, y planteadas así las cosas fue que sobrevino su carta de renuncia.

Esta carta fue seguida por la renuncia de los Directores, Santiago Acuña, Ramón Aspíllaga, Mariano Prado Heudebert, Hernando de Lavalle, Carlos Ferreyros Ribeyro, Eleodoro Romero Romaña, Carlos Palacios Villacampa y Fernando Wiese, todos propietarios de studs.

Ante la tirantez en las relaciones entre el Directorio del Jockey Club de Lima y los Propietarios que siguió haciéndose pública en las semanas siguientes, a pedido del Diputado por Piura, Ricardo Temoche de la Cédula Parlamentaria Aprista, se recomendó al Gobierno que presidía José Luis Bustamante y Rivero, el nombramiento de una Comisión que informara sobre la situación del Jockey Club de Lima y aconsejara las medidas que debían tomarse en beneficio del Estado.

La citada comisión la integraron Luis A. Fajardo, Manuel Checa Solari, Adalberto Aspíllaga Delgado, Alfredo Pacheco Benavides y Abel Darg, éste como asesor jurídico, y tenía 30 días para presentar su informe.

El informe, cumplido el plazo, dio la razón tanto a Enrique Ayulo como a los Propietarios, quienes dirigieron una carta de adhesión a las recomendaciones de la ya citada comisión, y así en ese contexto que fue que se aprobó la Ley 10345, que fue finalmente promulgada por el Presidente de la Cámara de Diputados Fernando León de Vivero, y que en su artículo tercero designaba a una Junta Ejecutora, la cual estaba formada por el Director de Ganadería del Ministerio de Agricultura, así como por el Director de Haras y Remonta del Ejército, y que incluía además al Asesor Jurídico de la Comisión, al Presidente de la Sociedad de Criadores y Propietarios de Caballos de Carrera del Perú y a cuatro personas más nombradas por el Ministerio de Agricultura, quienes debían ser propietarios o criadores de caballos de carrera.

Dicha Junta debía organizar y llevar adelante el espectáculo hípico, así como de aprobar los Estatutos de una nueva Institución, la que sería a la postre el Jockey Club del Perú, constituida como Asociación Civil sin fines de lucro.

La Junta Ejecutora se instaló el 1º de Febrero de 1946 y su primera mesa directiva estuvo formada por Roberto Alvarez Calderón Granados, quien la presidía, y tenía como Vice-Presidente a Hernán López Cárdenas, como Secretario a Abel Darg, como Tesorero a Alfredo Pacheco Benavides y como Directores a Adalberto Aspíllaga Delgado, Manual Checa Solari, Luis Fajardo, Eugenio Isola, Aníbal Perez Velez, Antenor Rizo Patrón, José Soyer Calmet y Miguel Angel Venero.

El primer problema que tuvieron que superar, fue el conseguir los recursos económicos necesarios para llevar adelante su tarea y para ello los miembros de la Junta tuvieron que avalar personalmente una letra de cambio que ascendió a los 431.331.75 soles (Año 1946) y que permitió que las reuniones de carreras pudieran iniciarse el primer domingo de Abril, tal como estaba establecido.

En Mayo de 1946, la Junta Ejecutora designó a Alfredo Pacheco Benavides, Eugenio Isola y Antenor Rizo Patrón para que se turnaran como Directores Ejecutivos del espectáculo hípico y al mismo tiempo que se elaboraron los Estatutos para la creación del Jockey Club del Perú, también la Junta aprobó los Estatutos que normaron la creación de la Caja de Retiro y Previsión Social de los Profesionales del Turf.

En el mes de Julio de aquel 1946, se fueron integrando nuevos miembros ante la renuncia de algunos por efecto de los cargos que inicialmente habían tenido tanto en el Ministerio de Agricultura como en la Remonta del Ejército; y así se fueron incorporando Isaac Portugal, Jefe de la Remonta del Ejército José Francisco Vásquez Benavides por haber sido nombrado Presidente de la Asociación de Criadores y Propietarios de Caballos de Carrera, así como también José Cockburn Alvarado por su condición de Director de la referida Sociedad de Criadores y Propietarios, y Leoncio Gómez.

Al cabo de su mandato de un año, la Junta Ejecutora organizó las primeras elecciones del nuevo Jockey Club del Perú y dio término a sus funciones.